miércoles, 18 de noviembre de 2015

  PROCESO CONTABLE MANUAL Y SISTEMATIZADO.


La información contable de una organización es elaborada a través de lo que llamamos proceso contable.
El proceso contable es un ciclo mediante el cual las transacciones de una empresa son registradas y resumidas para obtener estados financieros.
El proceso se conforma de los siguientes pasos:


      Registrar las transacciones en el diario.
     Pasar la información del diario general al mayor general.
     Obtener la balanza de comprobación.
     Registrar los asientos de ajuste.
     Obtener la balanza de comprobación ajustada.
     Formular los estados financieros.
     Hacer los asientos del cierre.
     Obtener la balanza de comprobación después del cierre.


En el proceso contable tenemos en cuenta también lo que es  el sistema de partida doble, periodo contable y todos sus conceptos.


 CONCEPTOS DE TERCEROS Y CENTROS DE COSTO.




 Conceptos de terceros.



La contabilidad se conforma del registro de los hechos económicos realizados entre la empresa y terceros ya sean clientes o proveedores.
Como se indicaba anteriormente  en la contabilidad los terceros son aquellos entes, ya sea persona natural o jurídica que tiene relaciones comerciales con la empresa, ellos pueden ser a aquellos clientes que adquieran los bienes o servicios de la entidad o en su defecto provean en la actividad económica de esta.
El objetivo de la contabilidad es poder registrar cada uno de los hechos económicos realizados en la empresa con sus terceros, por tanto esto debe ser registrado de manera individual, con el objetivo de identificar dentro de la contabilidad ese hecho especifico.

                                                                          





Centros de costo.



Un centro de costos es una división que genera costos para la entidad económica, pero únicamente de manera indirecta genera beneficio o utilidad. Por ejemplo encontramos los departamentos de investigación y desarrollo, mercadotecnia  y servicio al cliente. Las entidades económicas pueden elegir clasificar estos centros como centros de utilidad o de inversión, pero debido al impacto negativo en la utilidad estos son la primera división en tomarse en cuenta al momento de hacer recorte de presupuesto o restructuración.



  REPORTES, COMPROBANTES Y LIBROS.


Reportes.


Lo primero que hay que tener en cuenta es que los reportes contables son son estados financieros preparados por contadores para mostrar la situación financiera de una empresa en un tiempo definido. Entre los reportes contables encontramos:

·         Balance general.
·         Estado de resultados.
·         Estado de cambios al capital contable.
·         Estado de flujo de efectivo.

               
                                                                                                     

Comprobantes.


Todas las partidas asentadas en los libros de resumen y aquel donde se asienten en orden cronológico las operaciones, deben estar respaldadas por comprobantes de contabilidad elaborados previamente.
Los comprobantes deben ser elaborados con numeración consecutiva indicando el día de su elaboración y con las firmas de las personas que los autorizaron y elaboraron.


Libros.


Los estados financieros deben ser elaborados con fundamentos en en los libros en los cuales se hubiesen asentado los comprobantes.
Los libros deben conformarse y diligenciarse en forma tal que se garantice su autenticidad e integridad. Cada libro, de acuerdo con el uso a que se destina, debe llevar una numeración sucesiva y continúa. Las hojas y tarjetas deben ser codificadas por clase de libros.

CUENTAS UTILIZADAS PARA LOS REGISTROS DE.


 Devengados.


Es el valor total de los ingresos que obtiene un empleado en un mes o en una quincena según sea el caso,  este se compone por el sueldo básico, horas extras, recargos, comisiones y auxilio de transporte, las cuentas que se registran para los devengados son las siguientes:

25050 salarios por pagar.
261005 cesantías.
261010 intereses de las cesantías.
261015 vacaciones.
261020 prima de servicios.



Deducidos.


Las deducciones  al contrario de los devengados, son dineros que se descuentan del salario del empleado ya sea para realizar aportes a la seguridad social o simplemente por descuentos establecidos entre el empleado y el empleador, las cuentas para los deducidos son las siguientes:

237005 aportes a entidades promotoras de salud, E.P.S
238030 fondos de pensión
237025 Embargos judiciales
237030 Libranzas
237035 Sindicatos
237040 Cooperativas
237045 Fondos
237095 otros descuentos

Provisiones.


Las provisiones de nomina son aquellos valores que representan importantes estimados para hacer frente a situaciones que puedan originar obligaciones para la empresa. Las provisiones de nomina consisten en cuantificar tanto el monto probable de la obligación como la probabilidad de su realización.las cuentas para las provisiones son las siguientes.

510536 Prima de servicios.
510530 Cesantías.
510533 Intereses sobre las cesantías.
510539 Vacaciones.




Apropiaciones.

Son valores que la empresa debe pagar, como lo es la salud, la pensión en el porcentaje que a esta le corresponde, riesgos profesionales en su totalidad, aportes parafiscales (SENA, ICBF) las prestaciones sociales  ( prima de servicios, cesantías, intereses sobre las cesantías, dotación, vacaciones) se llaman apropiaciones porque a diferencia del devengado que se paga en la quincena o a finalizar el mes las apropiaciones son pagadas al iniciar el siguiente mes o un año después, según sea el caso.las cuentas para las apropiaciones son las siguientes:

510578 SENA
510575 Aportes ICBF
510572 Aportes caja de compensación familiar
510568 Aportes a administradoras de riesgos laborales, ARL
510551 Dotación y suministro a trabajadores
510569 Aportes a entidades promotoras de salud, EPS
510570 Aportes a fondos de pensiones y /o cesantías.


Retención en la fuente para empleados.


La retención en la fuente es un anticipo a la renta para efectos legales, en el caso de un empleado la retención se realiza a partir de 10 SMMLV, La cuenta para retención en la fuente es la siguiente:

236505 Retención en la fuente para salarios y pagos laborales



martes, 17 de noviembre de 2015

TABLA DE RETENCIÓN DOCUMENTAL 
 Unos Vídeos que nos enseña de forma didáctica la importancia del manejo de la documentación de mi compañía.


Tener las tablas de retención nos permite tener la historia y soporte legal de nuestra EMPRESA.

domingo, 8 de noviembre de 2015

EL R.U.T.

Una comedia para aprender la importancia de inscribirse y de tener el R.U.T.




sábado, 7 de noviembre de 2015

Aunque hace unos días, la Red de Justicia Tributaria había señalado que el resultado del recaudo de impuesto en el país fue deficitario, el director de la Dian, Santiago Rojas, confirmó que el ingreso bruto obtenido el año pasado fue de 114,3 billones de pesos.
Dicha cifra implica que la meta de ingresos por impuestos se sobrepasó en un 2 por ciento y que el crecimiento de la misma, con respecto al año anterior, fue de 8,5 por ciento.

De acuerdo con lo expresado por Rojas, los ingresos tributarios fueron impulsados por el IVA. “Su desempeño fue mejor de lo esperado. Se recaudó más de un billón de pesos por encima de lo previsto”, indicó el funcionario.
Otros impuestos, como el de retención en la fuente y los recaudos que se hacen a través de aduanas, también estuvieron en línea con los cálculos hechos por el Gobierno, expresó Rojas.
Lo que sí estuvo en declive fue el impuesto de renta, por el cual, la autoridad recaudadora esperaba obtener 42,7 billones de pesos y el resultado, según las estadísticas de la Dian, fue de 39,3 billones.
Al respecto, Rojas explica que se debe a que “ya se sienten los primeros efectos de la caída en la renta petrolera”. 

Además, agregó: “teníamos una expectativa mayor con el Imán (impuesto mínimo alternativo), que no se dio como se esperaba”.
Según el funcionario, también hubo un gran número de contribuyentes que declararon ingresos por menor valor a lo que les correspondía declarar, por lo que este año se implementará con más fuerza, el plan de fiscalización a la renta de las personas naturales.
En cuanto a la meta prevista para 2015, cuando se habla de un año complejo para la economía, por el bajo precio en el petróleo que impactará las finanzas públicas, Rojas manifestó que el Ministerio de Hacienda está haciendo los análisis para establecerla.
La Red de Justicia Tributaria llamó la atención sobre la tendencia que se está observando en la tasa de crecimiento del recaudo, pues en el 2011 creció en 23,3 por ciento y ahora, solo en 8,5 por ciento.
Cabe destacar que a los trabajadores de la entidad, que les asignan un incentivo semestral (de 200 % máximo), con base en el cumplimiento de la meta de recaudo, les aprobaron el del último semestre del año pasado en 191 por ciento, correspondiente a una meta lograda de 99 por ciento.
El régimen común en el impuesto a las ventas y sus obligaciones.
Respecto al Impuesto a las ventas existen dos responsables; el Régimen común y el Régimen simplificado.
Se considera responsable del impuesto a las ventas toda Persona natural oPersona jurídica que venda productos o preste servicios gravados con el Iva.
Son responsables del Impuesto a las ventas pertenecientes al régimen común, todas las personas jurídicas y aquellas personas naturales que no cumplan los requisitos para pertenecer el Régimen simplificado. Toda Persona jurídica por el solo hecho de ser jurídica pertenece al régimen común. Las personas naturales solo serán responsables del régimen común si no cumplen todos o uno de los requisitos que la norma establece para poder formar parte del Régimen simplificado.
Cuando una persona natural en un periodo determinado deje de cumplir uno o varios de los requisitos que le permiten estar en el Régimen simplificado, deberá actualizar el Rut en el periodo siguiente y pasarse o inscribirse en el régimen común. Recordemos que en el Impuesto a las ventas, el periodo es de dos meses, por lo que si supera los topes en el periodo 4, en el periodo 5 ya debe ser responsable del régimen común y cumplir con todas sus obligaciones.
Obligaciones del régimen común.
Llevar contabilidad.
Todo comerciante debe llevar Contabilidad de acuerdo a los Principios de contabilidad generalmente aceptados, y esto supone inscribirse en el Registro mercantil, donde también deberá inscribir los Libros de contabilidad o Libros de comercio.
Respecto a la obligación de llevar Contabilidad, esta, según el Código de comercio, solo lo es para los comerciantes (Personas que ejeren Actos mercantiles), mas no para los no comerciantes, como por ejemplo para las personas que ejercen una Profesión liberal, quienes no están obligadas a llevar contabilidad por lo que no se les puede exigir. Esto no impide que el contribuyente lleve registros contables que le permitan tener un control de sus operaciones.
Respecto a la validez de la contabilidad como prueba, el artículo 772 establece que la contabilidad constituye prueba a favor del contribuyente siempre y cuando se lleve en debida forma.
El no llevar Contabilidad estando obligado o no llevarla debidamente, es sancionable en los términos del artículo 655 del Estatuto tributario.
El artículo 654 señala cuales son los hechos que se considera irregulares en la contabilidad y que se consideran sancionables.
La obligación de llevar contabilidad no está dada por pertenecer o no al régimen común, sino por ser comerciante, de suerte que aquellas personas naturales que no son comerciantes y que pertenecen al régimen común, no están obligadas a llevar contabilidad. [Consulte: Obligados a llevar contabilidad]
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Inscribirse en el Rut
Toda persona perteneciente al régimen común debe inscribirse en el Rut o actualizarlo si ha estado inscrito antes como Régimen simplificado.

viernes, 6 de noviembre de 2015






RETENCION EN LA FUENTE

Todos hablamos de la retención en la fuente, de los conceptos de retención, las bases y tarifas de retención, y son pocas las personas que se preguntan qué es en sí la retención en la fuente.
La creencia general, es que la retención en la fuente es un impuesto, algo que es absolutamente equivocado.
La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo de recado anticipado de un impuesto.
La retención en la fuente, lo que hace es recaudar un impuesto en el momento en que ocurre el hecho generador del mismo.
Los impuestos operan por periodos que pueden ser mensuales, bimestral, anuales, etc., lo que significa que el estado para poder cobrar o recaudar un impuesto debe esperar a que transcurra el periodo del impuesto.
Mediante la figura de la retención en la fuente, el estado ya no debe esperar por ejemplo un año para recaudar el impuesto de renta, sino que cada mes lo cobra, de esta forma asegura un flujo constante de recursos.
La retención en la fuente, es pues una forma de recaudar un impuesto lo más pronto posible, sin tener que esperar a que transcurra el periodo del impuesto.
Por ejemplo, cuando se hace una venta se obtiene un ingreso, y un ingreso por venta de productos o servicios es una operación que conduce a que el contribuyente pueda incrementar su patrimonio, por lo que es un ingreso que puede estar gravado con el impuesto de renta, razón por la cual, al momento que el cliente hace el pago, éste debe retener un valor por concepto de impuesto de renta. Es por eso que si la venta es de $100 el cliente pagará sólo $96,5 pues los otros $3,5 los retiene como anticipo o pago anticipado del impuesto de renta, así que al momento de hacer cada venta, el contribuyente va pagando el impuesto que va generando, de suerte que al finalizar el año, muy posiblemente ya haya pagado todo el impuesto que le corresponde por ese año, y quizás hasta le sobre generando un saldo a favor.
Como la retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de un impuesto, para cada impuesto hay retención. Hay retención en la fuente para el impuesto de renta, el impuesto de Iva, de Timbre y de industria y comercio.
Otro concepto generalizado equivocado es el de asimilar el término retefuentecon retención en la fuente a título del impuesto de renta, lo cual no es correcto toda vez que existe retefuente por renta, retefuente por iva, retefuente por Ica, etc.

miércoles, 4 de noviembre de 2015



Aprendamos con esta clase del IVA



Un paso para ir entrando en materia sobre la aplicación del IVA y les comparto el blog Elsa Mara para que sigan investigando y aprendiendo mas de Contabilidad  http://elsamaracontable.blogspot.com.co/, en la pestaña impuestos.




CONCEPTOS SUJETOS A RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE RENTA

Los conceptos por los cuales se practica retención en la fuente a título de renta en Colombia se encuentran contemplados en el estatuto tributario y se relacionan a continuación:
  • Ingresos laborales: son los pagos que recibe un trabajador por parte de un empleador como remuneración por sus labores realizadas.
  • Ingresos por dividendos y participaciones: son los dineros que recibe una persona como fruto de la inversión realizada en una empresa.
  • Rendimientos financieros: son los pagos o abonos en cuenta que recibe una persona por los intereses, beneficios, ganancias o utilidades generadas por rendimientos de capital. Se puede entender por rendimiento financiero la diferencia entre el valor presente de la inversión y su valor en el futuro.
  • Honorarios: son los pagos o remuneraciones que recibe una persona por la prestación de un servicio en donde prima el conocimiento intelectual sobre el conocimiento técnico. La recepción de honorarios es propia de personas que ejercen profesiones liberales.
  • Comisiones: son los importes de dinero que recibe una persona por realizar una operación de intermediación comercial para terceros. Por lo general la comisión corresponde a un porcentaje calculado sobre el monto por el cual se realizó la operación.
  • Servicios: son los pagos que recibe una persona o empresa por la prestación de un servicio. Dentro de los distintos conceptos por prestación de servicios que se encuentran sujetos a retención en la fuente por renta están:
    • Servicios de aseo y vigilancia.
    • Servicios de licenciamiento y uso de software.
    • Servicios de transporte nacional de carga.
    • Servicios de transporte nacional de pasajeros.
    • Servicios de restaurantes.
    • Servicios hoteleros y de hospedaje.
    • Servicios integrales de salud.
    • Servicios temporales de empleo.
  • Ingresos por arrendamientos: son los pagos que recibe el arrendador de un bien mueble o inmueble como contraprestación por permitir el uso temporal del mismo a otra persona denominada arrendatario. En esta relación contractual el arrendatario es quien se obliga a realizar los pagos o abonos en cuenta.
  • Ingresos por enajenación de activos fijos de personas naturales: es el dinero que recibe una persona por la venta de un activo fijo.
  • Loterías, rifas, apuestas y similares: son los dineros que se obtienen como premio por la participación en juegos de suerte y azar.
  • Otros ingresos tributarios: Son ingresos que se generan por la ejecución de diversas actividades que por ley se encuentras sujetas a retención. Dentro de estas actividades se encuentra:
    • Exportaciones de hidrocarburos
    • Exportaciones de productos mineros.
    • Exportación de metales, incluyendo el oro.
    • Emolumentos eclesiásticos
    • Los pagos o abonos en cuenta que se realicen por concepto de compras.
  • Pagos al exterior gravados por el impuesto de renta: lo dineros recibidos por sociedades y personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, cuando dichos dineros se hayan producido por fuente nacional y se encuentren sujetos a retención de acuerdo a lo establecido por la ley.

AGENTES DE RETENCIÓN

¿QUIÉNES SON AGENTES DE RETENCIÓN?

También llamados agentes retenedores, son las personas y/o entidades obligadas a efectuar la retención en la fuente cuando realicen los pagos o abonos en cuenta señalados en la ley.

Son agentes de retención las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho que por sus funciones intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa disposición legal, efectuar la retención correspondiente.


OBLIGACIONES DE LOS AGENTES DE RETENCION

1. Efectuar la retención: siempre que realice un pago o abono en cuenta sujeto a retención.
2. Presentar las declaraciones de retención en la fuente, dentro de los plazos que señale el Gobierno Nacional, haciendo uso de los formularios prescritos oficialmente.
3. Suministrar a la DIAN información relacionada con las retenciones en la fuente practicadas.
4. Consignar las retenciones en la fuente practicadas dentro de los plazos fijados por el gobierno Nacional.
5. Expedir los certificados de retenciones en la fuente por el respectivo impuesto, dentro de los plazos establecidos.
6. Conservar los soportes y pruebas que permitan verificar la exactitud de los valores contenidos en las declaraciones tributarias.



EL KARDEX

Eyyyy muchachos los invito a que vean este vídeo para que nos familiaricemos con el tema del KARDEX.... Es muy didáctico, espero que les guste:




El Kardex: 

El kardex es un documento, tarjeta o registro utilizado para mantener el control de la mercadería cuando se utiliza el método de permanencia en inventarios, con este registro podemos controlar las entradas y salidas de las mercaderías y conocer las existencias de todos los artículos que posee la empresa para la venta.

Existen 3 métodos para valoración de los inventarios, que son los siguientes:

Método PEPS

El método PEPS  parte las primeras unidades de productos que se compraron fueron las que primero se vendieron. En una economía inflacionaria esto quiere decir que el costo de las mercancías o productos vendidos se determina con base en los precios más antiguos y, en consecuencia, las utilidades presentadas van a ser artificialmente más altas, aunque los inventarios no vendidos queden registrados, en el balance, a los precios más próximos o actuales.



PRIMERAS EN ENTRAR PRIMERAS EN SALIR (PEPS)

    
INVENTARIO FINAL
COSTO DE VENTAS
UNIDADES
PRECIO
TOTAL
UNIDADES
PRECIO
TOTAL
510
35.00
17.850
400
20.00
8.000
750
38.00
28.500
500
30.00
15.000
840
40.00
33.600
980
35.00
34.300
2.100
38.07
79.950
1.880
30.48
57.300


Método UEPS

El método UEPS es el inverso del método PEPS porque éste, contrario a aquél, parte de la suposición de que las últimas unidades en entrar son las que primero se venden y, en consecuencia, el costo de ventas quedará registrado por los precios de costo más altos, disminuyendo así la utilidad y el impuesto a pagar, pero subvaluando el monto monetario de los inventarios, que aparecerá valorizado a los precios más antiguos.



ÚLTIMAS EN ENTRAR PRIMERAS EN SALIR (UEPS)

INVENTARIO FINAL
COSTO DE VENTAS
UNIDADES
PRECIO
TOTAL
UNIDADES
PRECIO
TOTAL
1.200
35.00
42.000
840
40.00
33.600
500
30.00
15.000
750
38.00
28.500
400
20.00
8.000
290
35.00
10.150
2.100
30.95
65.000
1.880
38.43
72.250


Método Promedio Ponderado

Se basa en el supuesto de que tanto el costo de ventas como el de los inventarios finales deben valuarse a un costo promedio, que tenga en cuenta el peso relativo del número de unidades adquiridas a diferentes precios:

  1. Costo de los artículos disponibles
  2. Unidades disponibles para la venta
  3. Cuando se utiliza el sistema permanente de inventarios pueden presentarse dos situaciones que arrojarían resultados diferentes para la valuación del inventario final y la determinación del costo de ventas. 
En la primera, si los costos únicamente se registran al final del período (mes, trimestre, semestre o año), en esa fecha se calcula un sólo costo promedio. Con ajustes por inflación, el procedimiento es el mismo sólo que tomando en cuenta los ajustes acumulados practicados a los inventarios iniciales y a las compras, cuando apliquen en éste último caso:
Costo ajustado de los artículos disponibles
Unidades disponibles para la venta

El método de costo promedio ponderado es el de uso más difundido, en razón de que toma en cuenta el flujo físico de los productos, especialmente cuando existe variación de precios y los artículos se adquieren repetitivamente. A éste método se le señala, como una limitación, el hecho de que los inventarios incorporan permanentemente costos antiguos que pueden provocar alguna distorsión frente a precios más actuales. Sin embargo, esta limitación parece que quedaría subsanada con la aplicación del sistema integral de ajustes por inflación y, más aún, con una correcta distribución de dichos ajustes entre inventario final y costo de ventas.

PROMEDIO PONDERADO


INVENTARIO FINAL
COSTO DE VENTAS
UNIDADES
PRECIO
TOTAL
UNIDADES
PRECIO
TOTAL
1.200
34.48
41.382
840
34.48
28.967
500
34.48
17.242
750
34.48
25.864
400
34.48
13.794
290
34.48
10.001
2.100
34.48
72.418
1.880
34.48
64.832